INVISIBILIZACION DE LA PAREJA EN REDES SOCIALES.

Estamos en épocas de cambios,  el derecho evoluciona y los conflictos  entre las parejas también.

Las redes sociales nos acercan a las personas, pero sin duda alguna produce tensión entre  las parejas, nuevas manifestaciones y conductas que no se contemplaban en los procesos del divorcio.

La sevicia como causal de divorcio, permite solicitar a un Juzgado la disolución  del vínculo matrimonial y consiste en actos de crueldad excesiva cometidos contra el cónyuge, como golpes, lesiones, humillaciones, violencia psicológica, emocional, sexual y patrimonial con el único fin  de  mortificar y lesionar la  salud física, mental, emocional, la paz y  tranquilidad de su pareja, la sevicia la comparo como una tortura que sufrían los prisioneros de guerra.

En  ocasiones mis clientes han  manifestado su dolor y angustia emocional producto de las conductas de su pareja en las redes sociales, he dejado de cuestionarme y puedo afirmar que  de la manera como una persona maneje sus redes sociales, puede estar incurriendo en la causal de sevicia que nos menciona el Código de Familia.

Una manifestación de violencia es la famosa ley de Hielo, esa conducta donde una de las partes pasa días, semanas y hasta meses sin dirigirle la palabra a su pareja creando angustia, confusión y mucho dolor para la persona que recibe el “castigo” Si, castigo, porque el agresor claramente castiga su pareja quitándole la palabra, con el único objetivo de ignorar al otro, no tomar en cuenta lo que  dice y mucho menos sus necesidades fingiendo  que no se le escucha, corresponde no solo a una expresión de violencia pasiva, sino también a un mecanismo disfrazado de abuso psicológico.

Hoy en día se habla del “Stashing” una tendencia entre las parejas y de su  forma de manejar sus  redes sociales, el “stashing”  expone como una persona oculta a su pareja del mundo, por más tonto que suene y parezca, todos conocemos esa  persona que no lleva nunca con su familia ni con sus amigos a su pareja o al contrario que nunca acompaña a su pareja a diferentes actividades. Lo mismo sucede en las redes sociales, vemos a las personas ocultando su relación, borrando fotografías y etiquetas  de su pareja en las redes sociales, pero si manteniendo una actividad constante en las redes, subiendo selfies, fotografías en todo tipo de lugar y de actividad, incluso estando su pareja en el lugar.

Claro está, se debe respetar lo que cada quién pone en sus redes sociales, tenemos esa libertad y derecho de expresarnos de la forma que deseemos, una garantía constitucional, pero si lo que posteamos  puede tener consecuencias penales, inmediatamente nace la interrogante ¿Lo que no publicamos puede traerme consecuencias?

Responder la interrogante en materia de familia no debería ser tan difícil, porque en materia de familia cada caso es un mundo, y cada conflicto debe analizarse desde la dinámica familiar de manera independiente con el fin que el Juez dicte sentencias justas.

He conocido personas que recortan  fotografías para que no salga la pareja y las suben a la redes sociales con la intención de causar dolor y sufrimiento, personas que le dan Like y comentan todas las publicaciones de sus amigos y amigas del Facebook menos a su pareja, suben fotos con amigos, de mujeres o bien de hombres con poca ropa, de cenas en los restaurantes, de lugares, bares, pero siempre solo o sola, como si fuese soltero o soltera; aunque parezca inofensivo ( igual que la ley de hielo)  puede que estamos en presencia de una nueva manifestación de violencia psicológica y emocional, lesionando la autoestima y psiquis de quién la recibe, sobre todo  si la pareja le ha manifestado el dolor que esa conducta le ocasiona.

Igual como existen y se regulan los delitos cibernéticos, hoy los Juzgadores en materia de Familia deben valorar el comportamiento de las parejas en las redes sociales y si esas actuaciones pueden ser consideradas como sevicia.

Mientras tanto, como Abogada Litigante en materia de Familia, puedo decir que el perfil de Facebook de una persona puede evidenciar  que el  único fin es lastimar la autoestima de su pareja, y por esa razón podemos incorporar como prueba esas publicaciones constantes donde excluye a su pareja y la invisibiliza en las redes sociales.

Por lo que en mis anexos de prueba en las demandas, contestaciones y contrademandas de divorcios, en los casos que corresponde menciono el “Stashing” como una manifestación de sevicia

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